Plan de Revisión de Costos Tributarios

La principal fuente de ingresos de las provincias es el impuesto a los Ingresos Brutos. De los AR$1.406.100.253 recaudados en Tucumán, el 79,39% (AR$ 1.116.075.803) provienen del impuesto a los ingresos brutos.

Fuente: Elaboración propia en base a datos obtenidos de la Dirección General de Rentas Tucumán. www.rentastucuman.gob.ar

 

Este se aplica a las actividades económicas y se calcula sobre las ventas en todas las etapas. Su esquema implica que tenga efecto en cascada. Afecta la capacidad de desarrollo de las provincias sesgando las decisiones de inversión hacia actividades que no condicen con las capacidades potenciales y las mejores prácticas productivas. Estimula la verticalización de las empresas (producir internamente en vez de comprar a proveedores) en vez de estimular la desverticalización, buscando ganancias de productividad sobre la base de economías de escala y especialización, la generación de entornos de red, la promoción de emprendedores, y el nacimiento de empresas. [1]

El alícuota promedio de IIBB en la provincia de Tucumán es de las más altas y distorsivas de la argentina junto con la provincia de Misiones. En el siguiente gráfico podemos observar para cada actividad cual es el alícuota promedio en Tucumán en comparación con la provincia de Mendoza:

 

El núcleo central de las medidas que desde Impulso Norte se analizan, apunta a reducir impuestos distorsivos o que afectan la competitividad de la economía. Según un estudio de CIPPEC, la situación de desequilibrio fiscal existente plantea el interrogante acerca de la sostenibilidad en el tiempo de esta reforma gradual, proyectada en el mediano plazo y que pretende reducir la presión fiscal. Las modificaciones que las provincias deberán implementar en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos permitirán reducir sus efectos distorsivos en el proceso productivo. Ahora bien, este impuesto es la principal fuente de recursos a nivel subnacional, y los cambios no apuntan a su eliminación definitiva ni su sustitución por otro impuesto más neutral.

Para avanzar en su posible reemplazo existen diferentes alternativas, cada una de ellas con ventajas y desventajas. En particular, se destacan las ventajas que traería consigo la implementación de un IVA provincial compartido. Es un tributo que grava el consumo, es general, no acumulativo y aplica el criterio de destino. El tratamiento que este gravamen dispensa a las ventas entre sujetos residentes en distintas provincias es una de sus principales ventajas, pues resuelve el problema de las ventas interjurisdiccionales. Por otra parte, el IVA provincial compartido con el IVA nacional permitiría propender a una descentralización paulatina de la recaudación de impuestos.

La alternativa de sustitución definitiva de este impuesto requiere un gran esfuerzo de coordinación entre la Nación y las provincias, que deberá contemplar un programa de fortalecimiento de las capacidades institucionales y técnicas de las administraciones tributarias provinciales.[2]

[1] https://www.cronista.com/columnistas/Ingresos-Brutos-el-impacto-distorsivo-del-que-no-se-habla-20160819-0046.html

[2] https://www.cippec.org/wp-content/uploads/2017/12/196-DPP-ADE-Reforma-tributaria-an%C3%A1lisis-del-proyecto-del-PEN-y-recomendaciones-sobre-Ingresos-Brutos-Walter-Agosto-diciembre-2017-VF.pdf